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TODO LO QUE DEBE SABER UN POSTULANTE A DAR LA PSU

13

de julio

2016

TODO LO QUE DEBE SABER UN POSTULANTE A DAR LA PSU

Conocer los derechos y deberes propios de un proceso como es rendir la prueba de selección universitaria (PSU), es una de las reglas básicas de todo postulante. Para aclarar dudas, Preutech te cuenta todo al respecto.

Si hay algo en la vida que se agradece, es saber las reglas del juego en el cual se va a participar. No importa lo que sea, un trabajo, un proyecto profesional o académico, un objetivo, lo mínimo es conocer el terreno que se va a pisar de tal modo de no cometer errores que pueden costar muy caro. La PSU, sin duda no es una excepción a esta regla.

Por ello, un buen consejo que te da Preutech es que si quieres participar en el Proceso de Admisión a las universidades del CRUCH y aquellas adscritas al Sistema, dos son los pasos básicos para hacerlo: lo primero es inscribirse para poder rendirla y lo segundo es enterarse de los derechos y deberes que todo postulante debe saber antes de dar este tradicional examen.

Los derechos de todo postulante

De partida, inscribirse dentro de los plazos públicamente establecidos y tener acceso a toda la información y documentación oficial que facilite la participación en el sistema, es la base para todo postulante. Crucial es también elegir, al momento de la inscripción la sede que se consideres más apropiada para rendir las pruebas la o las pruebas electivas que se desea rendir. Una vez rendidos dichos tests, el postulante tiene derecho a consultar al examinador jefe de la sala, cualquier duda u objeción respecto a las preguntas contenidas en las pruebas. De existir alguna objeción, hay que tener presente que esta se formulará con plena identificación de la persona que la realice, identificando además el local, la sala, la prueba y la  pregunta en  cuestión, quedando todo registrado en el acta correspondiente.

También forma parte de lo que puede exigir el postulante al sistema, el hecho de solicitarle al examinador jefe de sala, un cambio de folleto por otro oficial de la misma forma, en caso de que éste presentara fallas evidentes en su impresión, diagramación o edición. Igualmente, es de su tenor formular –si es que fuere necesario- al término de cada prueba, ante el jefe de local en que el alumno rinda las prueba, cualquier queja acerca de la administración del sistema, en especial en la etapa de aplicación de las mismas, siempre  y cuando la razón de dicho reclamo perjudique en forma notoria a quién realiza dicha anomalía. Para todos los efectos, la queja deberá presentarse por escrito, identificando exhaustivamente al reclamante, siendo redactada de tal manera que debe ir acompañada  de la debida explicación y fundamentación de los hechos que motivan dicha queja.

De la misma forma, el postulante podrá solicitar -dentro del plazo públicamente establecido- la verificación de los resultados obtenidos en las pruebas y/o en la selección, si alguno de ellos le merece alguna duda razonable. También dentro de su tenor, está el hecho que debe postular, dentro de los plazos públicamente establecidos, a las carreras de las universidades pertenecientes al CRUCH y a las de aquellas privadas adscritas al Proceso de Admisión. En ese sentido, es su derecho aparecer en las llamadas “Listas de convocados” o “Listas de espera” de las carreras postuladas, siempre y cuando el puntaje ponderado, debidamente calculado, haya cumplido con todas las exigencias que dichas carreras requieren.

Finalmente, requerir la información adicional que se necesite, a nivel de las Secretarías de admisión o de las diferentes universidades, también es un derecho de todo postulante. De la misma manera, matricularse -cuando corresponda- dentro de los plazos públicamente establecidos es también un importante sustento de los derechos propios de quién va a dar la PSU.  Es importante entender que la ausencia del postulante en las fechas indicadas para matricularse, significa -para todos los efectos legales- la renuncia a la vacante obtenida, sin derecho a reclamo ulterior.

Los deberes como postulante

Acatar las normas e instrucciones generales que regulan el Sistema de Admisión y las disposiciones específicas de cada universidad es la columna vertebral de los deberes de todo postulante. Es de Perogrullo decir que ello es de conocimiento público y se informa oportunamente mediante los documentos oficiales y a través de las instrucciones que se le entregan a todo postulante al momento de rendir las pruebas. En ese sentido, entregar dentro de los plazos establecidos públicamente, los datos o documentos fidedignos que respaldan la información requerida para el normal desarrollo del Proceso de Admisión, es un acto que refleja el total entendimiento de las normas en cuestión.

De partida, habría que decir que el deber básico de todo postulante, es presentarte a rendir las pruebas sólo con su documento de identificación, su tarjeta de identificación, un lápiz grafito Nº 2 o portaminas HB y goma de borrar. Cualquier otro accesorio adicional, como celulares, máquinas fotográficas, tablets u otros dispositivos electrónicos, así como con bolsos, mochilas, carteras y cualquier otro elemento que no sea imprescindible para rendir las pruebas, está estrictamente prohibido. De la misma forma respetar el horario de presentación a las pruebas.

Anotar, cuidadosamente, todos los datos requeridos en la “Hoja de Respuestas” de cada prueba y poner en ella las respuestas a las preguntas planteadas, es también deber del postulante. No hay que olvidar que sólo se considerarán las respuestas marcadas que aparezcan en dicha hoja.  Es importante entender que no se debes contestar en el folleto de prueba. Por supuesto, está estrictamente prohibido copiar ni reproducir total o parcialmente las preguntas de las pruebas. También es deber del postulante devolver íntegramente los folletos de prueba al término de cada una de ellas. Obviamente, hay que resolver las preguntas de la prueba en forma individual, sin dar, pedir, o recibir ayuda durante el desarrollo de ésta.

Otro de los compromisos al que debe enfrentar todo postulante a la PSU, es el hecho de comprometerse a no promover, participar, ejecutar o encubrir acto alguno que entorpezca o impida el desarrollo del proceso en cualquiera de sus etapas. Finalmente, al postular, hay que hacerlo por estricto orden de preferencia, respetando todas las disposiciones generales y específicas de cada universidad. Todo acto contrario anula las postulaciones afectadas, sin derecho a reclamo ulterior. Preutech te sugiere que te informes directamente, a través de la División de Educación Superior o mediante el sistema que diseñe el MINEDUC, sobre los beneficios de ayudas estudiantiles asociadas a los puntajes de la PSU que son otorgados por esta entidad.

Fuente: www.demre.cl